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JUSTICIA EN EPOCAS DE INCERTIDUMBRE

Los primeros casos de covid en nuestro país fueron confirmados el 13 de marzo del 2020. Y hasta la fecha, el aumento exponencial de casos está a la vista de todos, a pesar de la campaña de vacunación que ha comenzado hace ya tres meses.

Se han paralizado prácticamente la mayoría de las actividades en nuestro país, desde deportivas, recreativas hasta laborales, con el objetivo principal de reducir la circulación y poder lograr frenar las olas de contagios que cada día eran más grandes.

La suerte de la actividad judicial no ha sido otra.

A través de diversas Acordadas y Resoluciones, la Suprema Corte de Justicia ha decidido declarar días inhábiles el 24, 25 y 26 de marzo del corriente y una feria judicial extraordinaria, que fuera prorrogada sin interrupciones en varias ocasiones entre el periodo del 5 de abril al 30 de mayo.

Actualmente estamos cursando un período que la SCJ ha resuelto declarar inhábiles los días comprendidos entre el 31 de mayo al 15 de junio.

Velando así por el retorno paulatino a la actividad, de forma que el funcionamiento de los Jugados no continúe completamente paralizado como ocurría en la feria judicial extraordinaria.

Las condiciones actuales en nuestro país, y en Salto particularmente, no están dadas para retomar la presencialidad.

Es por esto que no se descarta que pueda disponerse una nueva declaración de días inhábiles, o en su defecto, una nueva feria judicial extraordinaria. Es decir, la actual resolución no es definitiva, pues nuevas ulterioridades pueden significar nuevos cambios en el funcionamiento actual de los tribunales.

Pero esto no puede ser motivo para paralizar por completo o de forma parcial el funcionamiento de la justicia, existen muchas herramientas que permiten que el sistema judicial pueda continuar funcionando, en mayor o menor medida.

Si bien el futuro cercano es completamente incierto, no se puede velar y tutelar derechos fundamentales a partir de incertidumbres.

Existen actividades que pueden encontrarse paralizadas, sea por un tiempo determinado o hasta que todo esto sea historia, pues no afectan ningún derecho ni garantía de los habitantes de la república. No así el caso que nos ocupa.

Un adecuado acceso a la justicia se cristaliza cuando un individuo que entienda que su derecho ha sido afectado, amenazado, violado o limitado, tenga la potestad y posibilidad de presentarse ante un tribunal y obtener una eficaz respuesta, lo que actualmente no es posible.

Se deberá dejar de lado la antigua modalidad de presencialidad en los Juzgados, pues existen herramientas tecnológicas que permiten realizar prácticamente todos los actos, ahorrando muchos gastos procesales a los que no todos los individuos pueden acceder, pero por sobre todo, abogando por una mayor economía de tiempo.

Esto es completamente posible y así se da en la mayoría de los países del primer mundo. Las herramientas tecnológicas se han mostrado como un instrumento eficaz en materia de celeridad y economía procesal, principios fundamentales de nuestro ordenamiento que deben regir como base y pilar fundamental en cada proceso judicial.

A raíz de la actual pandemia, ha quedado al descubierto que nuestro sistema judicial contaba, y aún cuenta, con muchas fallas e ineficacias. Nada que no pueda solucionarse para futuras e inesperadas situaciones como la que actualmente transcurrimos, pues es necesario tener en cuenta que para que un sistema judicial funcione en debida forma, no puede haber dilaciones innecesarias.

El mundo actual exige que el funcionamiento de la justicia sea eficaz y rápido, sin dilaciones, facilitándole a toda la población el acceso a la justicia de forma que sus derechos sean debidamente tutelados.

Justicia que tarda, no es justicia.


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